Art. 12
Asesoramiento automatizado
En vigor desde 21 sept 2017
Artículo 12
Asesoramiento automatizado
La responsabilidad del intermediario de seguros o de la empresa de seguros de realizar el análisis de idoneidad de conformidad con el artículo 30, apartado 1, de la Directiva (UE) 2016/97 no se verá reducida por el hecho de que el asesoramiento sobre productos de inversión basados en seguros se preste total o parcialmente a través de un sistema automatizado o semiautomatizado.
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