Art. 1
En vigor desde 18 sept 2017
Artículo 1
En el anexo del presente Reglamento figuran las cantidades por las que no se han presentado solicitudes de certificados de importación en virtud del Reglamento (CE) n.o 539/2007, que se añadirán a las del subperíodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2018.
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