Art. 1

Art. 1

En vigor desde 5 sept 2017
Artículo 1 Queda registrado el nombre «Porc noir de Bigorre» (DOP). El nombre contemplado en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.1. Carne fresca (y despojos) del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
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