Art. 1
En vigor desde 4 sept 2017
Artículo 1
Los criterios científicos para la determinación de las propiedades de alteración endocrina con arreglo al Reglamento (UE) n.o 528/2012 son los establecidos en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2017:2100:oj#art-1