Art. 4 · Presentación y orden del contenido

Art. 4

Presentación y orden del contenido

En vigor desde 11 ago 2017
Artículo 4 Presentación y orden del contenido 1.   Los datos del documento de información sobre el producto de seguro indicados en el artículo 20, apartado 8, de la Directiva (UE) 2016/97 se presentarán en diferentes secciones y de conformidad con la estructura, la disposición en página, los títulos y la secuencia previstos en el formato de presentación normalizado establecido en el anexo del presente Reglamento, utilizando un tamaño de fuente con una altura de la x de al menos 1,2 mm. 2.   La longitud de las secciones podrá variar en función de la cantidad de información que deba incluirse en cada sección. La información sobre adiciones y coberturas opcionales no debe ir precedida por marcas de verificación, cruces o signos de exclamación. 3.   En caso de que el documento de información sobre el producto de seguro se presente en un soporte duradero distinto del papel, podrá modificarse el tamaño de los componentes en la disposición en página, a condición de que se mantengan dicha disposición, los títulos y la secuencia previstos en el formato de presentación normalizado, así como la prominencia y el tamaño relativos de los diferentes elementos. 4.   Cuando las dimensiones del soporte duradero distinto del papel no permitan la disposición a dos columnas, podrá utilizarse una disposición a una sola columna, siempre que la secuencia de las secciones sea la siguiente: a) «¿En qué consiste este tipo de seguro?» b) «¿Qué se asegura?» c) «¿Qué no está asegurado?» d) «¿Existen restricciones en lo que respecta a la cobertura?» e) «¿Dónde estoy cubierto?» f) «¿Cuáles son mis obligaciones?» g) «¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?» h) «¿Cuándo comienza y finaliza la cobertura?» i) «¿Cómo puedo rescindir el contrato?». 5.   Se permite el uso de herramientas digitales, incluida la superposición y los elementos emergentes, siempre que toda la información mencionada en el artículo 20, apartado 8, de la Directiva (UE) 2016/97 se facilite en el cuerpo principal del documento de información sobre el producto de seguro y que el uso de tales herramientas no distraiga la atención del consumidor del contenido del documento principal. La información facilitada mediante superposición y elementos emergentes no incluirá contenidos publicitarios o promocionales.
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