Art. 162 · Proceso de habilitación de RS

Art. 162

Proceso de habilitación de RS

En vigor desde 2 ago 2017
Artículo 162 Proceso de habilitación de RS 1.   En un plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, cada GRT de un bloque de CFP que haya aplicado un PSR elaborará un proceso de habilitación de RS, y aclarará y publicará sus detalles. 2.   Los proveedores potenciales de RS demostrarán al GRT de conexión de reservas o la GRT designado por este, en el acuerdo de intercambio de RS, que cumplen los requisitos técnicos mínimos de las RS, los requisitos de disponibilidad de RS y los requisitos de conexión a que se refiere el artículo 161, completando satisfactoriamente el proceso de habilitación de las unidades o grupos proveedores de RS, descrito en los apartados 3 a 6 del presente artículo. 3.   El proveedor potencial de RS presentará una solicitud formal al GRT de conexión de reservas o al GRT designado relevante, junto con la información requerida sobre las unidades o grupos proveedores potenciales de RS. En un plazo de ocho semanas a partir de la recepción de la solicitud, el GRT de conexión de reservas o el GRT designado confirmará si esta está completa. Si el GRT de conexión de reservas o el GRT designado considera que la solicitud está incompleta, el proveedor potencial de RS deberá enviar la información adicional requerida en un plazo de cuatro semanas desde la recepción de la solicitud de información adicional. Si el proveedor potencial de RS no facilita la información solicitada dentro de dicho plazo, la solicitud se considerará retirada. 4.   En un plazo de tres meses a partir de la confirmación de que la solicitud está completa, el GRT de conexión de reservas o el GRT designado evaluará la información facilitada y decidirá si las unidades o grupos proveedores potenciales de RS cumplen los criterios para la habilitación de RS. El GRT de conexión de reservas o el GRT designado notificará su decisión al proveedor potencial de RS. 5.   La calificación de las unidades o grupos proveedores de RS se revaluará: a) como mínimo una vez cada cinco años, y b) en caso de que se hayan modificado los requisitos técnicos o de disponibilidad o los equipos. 6.   Para garantizar la seguridad de la operación, el GRT de conexión de reservas tendrá derecho a excluir a grupos proveedores de RS de la provisión de RS sobre la base de consideraciones técnicas, tales como la distribución geográfica de los módulos de generación de electricidad o las unidades de demanda que formen un grupo proveedor de RS.
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