Art. 156 · Provisión de RCF

Art. 156

Provisión de RCF

En vigor desde 2 ago 2017
Artículo 156 Provisión de RCF 1.   Cada GRT velará por la disponibilidad, como mínimo, de sus obligaciones de RCF acordadas entre todos los GRT de la misma zona síncrona, de conformidad con los artículos 153, 163, 173 y 174. 2.   Todos los GRT de una zona síncrona determinarán, como mínimo una vez al año, el tamaño del factor K de la zona síncrona, teniendo en cuenta, al menos, los siguientes factores: a) la capacidad de reserva en RCF, dividida por el desvío máximo de frecuencia en régimen permanente; b) el autocontrol de la generación; c) la autorregulación de la carga, teniendo en cuenta la contribución de conformidad con los artículos 27 y 28 del Reglamento (UE) 2016/1388; d) la respuesta en la frecuencia de los interconectores de HVDC a la que se refiere el artículo 172, y e) la activación del modo sensible a la limitación de la frecuencia y del modo sensible a la frecuencia, de conformidad con los artículos 13 y 15 del Reglamento (UE) 2016/631. 3.   Todos los GRT de una zona síncrona que conste de más de una zona de CFP determinarán, en el acuerdo operativo de zona síncrona, las cuotas del factor K para cada zona de CFP, que se basarán, como mínimo, en: a) las obligaciones de RCF iniciales; b) el autocontrol de la generación; c) la autorregulación de la carga; d) el acoplamiento de frecuencias a través de HVDC entre zonas síncronas; e) el intercambio de RCF. 4.   Cada proveedor de RCF garantizará la disponibilidad continua de RCF, salvo en caso de indisponibilidad forzada de una unidad proveedora de RCF, durante el período en que esté obligado a proporcionar RCF. 5.   Cada proveedor de RCF informará lo antes posible a su GRT de conexión de reservas de las variaciones en la disponibilidad real, total o parcial, de su unidad y/o grupo proveedor de RCF, que sea relevante para los resultados de la habilitación. 6.   Cada GRT asegurará, o exigirá a sus proveedores de RCF que aseguren, que la pérdida de una unidad proveedora de RCF no ponga en peligro la seguridad de la operación, mediante las siguientes medidas: a) limitando la cuota de RCF provistas por unidad proveedora de RCF al 5 % de la capacidad de reserva en RCF requerida en la totalidad de las zonas síncronas CE y Nórdica, respectivamente; b) excluyendo del proceso de dimensionamiento a las RCF provistas por la unidad que define el incidente de referencia de la zona síncrona, en el caso de las zonas síncronas GB, IE/NI y Nórdica, y c) sustituyendo, tan pronto como resulte técnicamente posible y de conformidad con las condiciones que defina el GRT de conexión de reservas, las RCF indisponibles debido a una indisponibilidad forzada o a la indisponibilidad de una unidad proveedora de RCF o de un grupo proveedor de RCF. 7.   Una unidad o grupo proveedor de RCF con un reservorio de energía que no limite su capacidad para proveer de RCF activará sus RCF mientras persista el desvío de frecuencia. En el caso de las zonas síncronas GB e IE/NI, una unidad o grupo proveedor de RCF con un reservorio de energía que no limite su capacidad para proveer de RCF activará sus RCF hasta que active sus RRF o durante el período especificado en el acuerdo operativo de zona síncrona. 8.   Una unidad o grupo proveedor de RCF con un reservorio de energía que limite su capacidad para proveer de RCF activará sus RCF mientras persista el desvío de frecuencia, salvo que su reservorio de energía esté agotado en dirección positiva o negativa. En el caso de las zonas síncronas GB e IE/NI, una unidad o grupo proveedor de RCF con un reservorio de energía que limite su capacidad para proveer de RCF activará sus RCF hasta que active sus RRF o durante el período especificado en el acuerdo operativo de zona síncrona. 9.   En las zonas síncronas CE y Nórdica, cada proveedor de RCF velará por que las RCF de sus unidades o grupos proveedores de RCF con reservorios de energía limitados estén continuamente disponibles durante el estado normal. En las zonas síncronas CE y Nórdica, en cuanto se active el estado de alerta y durante este estado, cada proveedor de RCF velará por que sus unidades o grupos proveedores de RCF con reservorios de energía limitados estén en condiciones de proceder a la activación completa de las RCF de manera continua durante un período de tiempo que se definirá con arreglo a los apartados 10 y 11. Cuando no se haya definido un período de tiempo con arreglo a los apartados 10 y 11, cada proveedor de RCF velará por que las RCF de sus unidades o grupos proveedores de RCF con reservorios de energía limitados estén en condiciones de proceder a la activación completa de las RCF de manera continua durante al menos 15 minutos o, en caso de que los desvíos de frecuencia sean menores que un desvío de frecuencia que exija la activación completa de las RCF, durante un período de tiempo equivalente, o durante un período definido por cada GRT, que no será superior a 30 minutos ni inferior a 15 minutos. 10.   En las zonas síncronas CE y Nórdica, los GRT elaborarán una propuesta relativa al período mínimo de activación que deban garantizar los proveedores de RCF. El período determinado no será superior a 30 minutos ni inferior a 15 minutos. La propuesta tomará plenamente en consideración los resultados del análisis de costes y beneficios realizado con arreglo al apartado 11. 11.   En un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, todos los GRT de las zonas síncronas CE y Nórdica propondrán los supuestos y la metodología para realizar el análisis de costes y beneficios, a fin de evaluar el período de tiempo durante el cual las unidades o grupos proveedores de RCF con reservorios de energía limitados deberán mantenerse disponibles durante el estado de alerta. En un plazo de doce meses a partir de la aprobación de los supuestos y las metodologías por parte de todas las autoridades reguladoras de la región de que se trate, los GRT de las zonas síncronas CE y Nórdica presentarán los resultados del análisis de costes y beneficios a las autoridades reguladoras afectadas, proponiendo un período de tiempo que no será superior a 30 minutos ni inferior a 15 minutos. El análisis de costes y beneficios tendrá en cuenta, como mínimo: a) la experiencia acumulada con diferentes horizontes temporales y cuotas de tecnologías emergentes en distintos bloques de CFP; b) el impacto de un período de tiempo dado sobre el coste total de las RCF en la zona síncrona; c) el impacto de un período de tiempo dado sobre los riesgos de estabilidad del sistema, en particular por sucesos de frecuencia prolongados o repetidos; d) el impacto del aumento del volumen total de RCF sobre los riesgos de estabilidad del sistema y el coste total de las RCF; e) el impacto del desarrollo tecnológico sobre los costes de los períodos de disponibilidad de RCF de sus unidades o grupos proveedores de RCF con reservorios de energía limitados. 12.   El proveedor de RCF especificará las limitaciones del reservorio de energía de sus unidades o grupos proveedores de RCF en el proceso de habilitación con arreglo al artículo 155. 13.   Un proveedor de RCF que utilice unidades o grupos proveedores de RCF con un reservorio de energía que limite su capacidad para proveer de RCF velará por la recuperación de los reservorios de energía, en las direcciones positiva o negativa, de conformidad con los siguientes criterios: a) en las zonas síncronas GB e IE/NI, el proveedor de RCF aplicará los métodos especificados en el acuerdo operativo de zona síncrona; b) en las zonas síncronas CE y Nórdica, el proveedor de RCF velará por una recuperación de los reservorios de energía lo más rápida posible, dentro de un plazo de dos horas a partir de la conclusión del estado de alerta.
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