Art. 139
Estructura básica
En vigor desde 2 ago 2017
Artículo 139
Estructura básica
1. Todos los GRT de cada zona síncrona especificarán la estructura de CFP de la zona síncrona en el acuerdo operativo de zona síncrona. Cada GRT será responsable de aplicar la estructura de CFP de su zona síncrona y operar de acuerdo con ella.
2. La estructura de CFP de cada zona síncrona incluirá:
a)
una estructura de activación de procesos acorde con el artículo 140, y
b)
una estructura de responsabilidad de los procesos acorde con el artículo 141.
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