Art. 6
Comunicación de la decisión de conceder o denegar la autorización
En vigor desde 22 jun 2017
Artículo 6
Comunicación de la decisión de conceder o denegar la autorización
La autoridad competente informará al solicitante de su decisión de conceder o denegar la autorización en soporte papel, por vía electrónica o de ambas formas.
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