Art. 1

Art. 1

En vigor desde 20 jun 2017
Artículo 1 El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/670 queda modificado como sigue: 1) En el artículo 1, la última frase del apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «Esto se aplica a las importaciones cuyo peso neto sea superior a 2 500 kilogramos para cada código TARIC y a 5 000 kilogramos para cada código TARIC sometido a vigilancia previa y que pertenezca a la partida 7318 del SA.». 2) En el artículo 2, el apartado 9 se sustituye por el texto siguiente: «9. Además de la versión en papel, las autoridades nacionales podrán crear versiones electrónicas del documento de vigilancia a fin de facilitar su tratamiento y transmisión.». 3) El anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento. 4) El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.
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