Art. 5 · Titulares de marcas de la Unión

Art. 5

Titulares de marcas de la Unión

En vigor desde 14 jun 2017
Artículo 5 Titulares de marcas de la Unión Podrán ser titulares de marcas de la Unión las personas físicas o jurídicas, incluidas las entidades de Derecho público.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2017:1001:oj#art-5