Art. 5 · Requisitos específicos relativos a la información nutricional

Art. 5

Requisitos específicos relativos a la información nutricional

En vigor desde 2 jun 2017
Artículo 5 Requisitos específicos relativos a la información nutricional 1.   Además de la información a que hace referencia el artículo 30, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, la información nutricional obligatoria para los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso incluirá la cantidad de cada sustancia mineral y de cada vitamina mencionadas en el anexo I del presente Reglamento que estén presentes en el producto. La información nutricional obligatoria para los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso deberá incluir asimismo la cantidad de colina presente y, en caso de que se hubiera añadido, de fibra alimentaria. 2.   Además de la información a que se hace referencia en el artículo 30, apartado 2, letras a) a e), del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, la información nutricional obligatoria para los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso podrá indicar asimismo: a) la cantidad de componentes de grasas e hidratos de carbonos; b) la cantidad de cualquiera de las sustancias enumeradas en el anexo del Reglamento (UE) n.o 609/2013, cuando dicha indicación no esté contemplada en el apartado 1 del presente artículo; c) la cantidad de cualquiera de las sustancias añadidas al producto en virtud del artículo 3, apartado 3; 3.   No obstante lo dispuesto en el artículo 30, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, la información incluida en la información nutricional para los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso no se repetirá en el etiquetado. 4.   La información nutricional será obligatoria en todos los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, independientemente del tamaño de la superficie máxima de su envase o recipiente 5.   Todos los nutrientes que figuren en la información nutricional de los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso cumplirán los requisitos establecidos en los artículos 31 a 35 del Reglamento (UE) n.o 1169/2011. 6.   No obstante lo dispuesto en el artículo 31, apartado 3, en el artículo 32, apartado 2, y en el artículo 33, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, el valor energético y las cantidades de nutrientes de los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso se expresarán por ración diaria total además de por porción y/o por unidad de consumo de alimento listo para el consumo tras su preparación con arreglo a las instrucciones del fabricante. Cuando proceda, la información podrá referirse asimismo a 100 g o 100 ml del alimento tal como se vende. 7.   No obstante lo dispuesto en el artículo 32, apartados 3 y 4, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, el valor energético y las cantidades de nutrientes de los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso no se expresarán como porcentaje de las ingestas de referencia establecidas en el anexo XIII de dicho Reglamento. 8.   Las menciones incluidas en la información nutricional de los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso que no figuren en el anexo XV del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 se presentarán a continuación de la correspondiente entrada de dicho anexo a la que pertenezcan o de la que formen parte. Las menciones que no figuren en el anexo XV del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 y que no pertenezcan o no formen parte de ninguna de las entradas de dicho anexo se presentarán en la información nutricional después de la última entrada del mismo. La indicación de la cantidad de sodio figurará junto con los demás minerales y podrá repetirse junto a la indicación del contenido de sal como sigue: «Sal: X g (de los cuales sodio: Y mg)». 9.   La declaración «dieta muy hipocalórica» podrá utilizarse para los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso a condición de que el contenido energético del producto sea inferior a 3 360 kJ/día (800 kcal/día). 10.   La declaración «dieta hipocalórica» podrá utilizarse para los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso a condición de que el contenido energético del producto se sitúe entre 3 360 kJ/día (800 kcal/día) y 5 040 kJ/día (1 200 kcal/día).
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