Art. 27 · Entrada en vigor

Art. 27

Entrada en vigor

En vigor desde 23 may 2017
Artículo 27 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable una vez transcurridos seis meses tras la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del aviso al que hace referencia el artículo 82, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 536/2014, o bien el 1 de abril de 2018, si esta última fecha es posterior.
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