Art. 25 · Suspensión o revocación de la autorización de fabricación

Art. 25

Suspensión o revocación de la autorización de fabricación

En vigor desde 23 may 2017
Artículo 25 Suspensión o revocación de la autorización de fabricación Si una inspección pone de manifiesto que el titular de la autorización mencionada en el artículo 61, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 536/2014 no cumple las normas de correcta fabricación establecidas en el Derecho de la Unión, la autoridad competente podrá suspenderle la autorización de fabricación o importación desde terceros países de medicamentos en investigación de uso humano, y suspenderla o revocarla para una categoría o para todos los preparados.
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