Art. 29 · Observaciones sobre cuestiones de interés general

Art. 29

Observaciones sobre cuestiones de interés general

En vigor desde 18 may 2017
Artículo 29 Observaciones sobre cuestiones de interés general La sala de recurso podrá, por iniciativa propia o a petición escrita y motivada del director ejecutivo de la Oficina, invitar a dicho director ejecutivo a presentar sus comentarios sobre las cuestiones de interés general que se planteen en el marco de los procedimientos instruidos en dicha sala. Las partes podrán presentar sus observaciones con respecto a los comentarios del director ejecutivo.
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