Art. 29 · Subasta de capacidad incremental

Art. 29

Subasta de capacidad incremental

En vigor desde 16 mar 2017
Artículo 29 Subasta de capacidad incremental 1.   A la espera de completar las medidas previstas en el artículo 27, los gestores de redes de transporte implicados ofrecerán la capacidad incremental, junto con la correspondiente capacidad disponible en la subasta anual de capacidad anual como productos estándar agrupados en subastas de reloj ascendente, por defecto de conformidad con el artículo 17, y de acuerdo con el artículo 8, apartados 8 y 9, así como con el artículo 19. 2.   Las subastas para los respectivos niveles de oferta se llevarán a cabo de forma paralela e independiente entre sí, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 y en el artículo 8, apartado 2. Solamente se subastarán niveles de oferta coordinados. 3.   Para minimizar las posibles primas de subastas y lograr un resultado positivo en la prueba de necesidades económicas para poder alcanzar el nivel de oferta máximo posible, podría iniciarse una nueva subasta una sola vez solamente si: a) antes del inicio de las subastas descritas en el apartado 2 existieran al menos dos niveles de oferta establecidos por los gestores de redes de transporte, y b) al menos uno de estos niveles de oferta no ha sido aceptado y ha obtenido un resultado negativo en la prueba de necesidades económicas, y c) el siguiente nivel de oferta de menor tamaño del nivel de oferta no aceptado más bajo haya obtenido un resultado positivo en la prueba de necesidades económicas, y se haya liquidado con una prima en la subasta respecto a al menos un producto estándar de capacidad anual. Si se cumplen estas condiciones, podrá iniciarse la nueva subasta correspondiente al nivel de oferta no aceptado más bajo mencionado en la letra b). 4.   Si la nueva subasta no obtiene un resultado positivo en la prueba de necesidades económicas, de conformidad con el artículo 17, apartados 20 y 21, prevalecerán las asignaciones resultantes de la subasta original a la que se hace referencia en la letra c).
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