Art. 152 · Modificaciones de la Directiva 1999/74/CE

Art. 152

Modificaciones de la Directiva 1999/74/CE

En vigor desde 15 mar 2017
Artículo 152 Modificaciones de la Directiva 1999/74/CE La Directiva 1999/74/CE se modifica como sigue: 1. El artículo 8 se modifica como sigue: a) se suprime el apartado 1; b) el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   Los Estados miembros presentarán a la Comisión, a más tardar el 31 de agosto de cada año, un informe anual relativo a las inspecciones realizadas el año anterior por la autoridad competente para comprobar el cumplimiento de los requisitos de la presente Directiva. El informe irá acompañado de un análisis de los casos más graves de incumplimiento observados y de un plan de acción nacional para evitar o reducir su repetición en los años siguientes. La Comisión presentará a los Estados miembros resúmenes de dichos informes.»; c) en el apartado 3, se suprime la letra a); 2. Se suprime el artículo 9.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2017:625:oj#art-152