Art. 132
Prestaciones generales del SGICO
En vigor desde 15 mar 2017
Artículo 132
Prestaciones generales del SGICO
El SGICO:
a)
permitirá el tratamiento y el intercambio informatizados de información, datos y documentos necesarios para la realización de los controles oficiales o derivados de la realización de los controles oficiales, o el registro de la realización o de los resultados de los controles oficiales en todos los casos en que el presente Reglamento, las normas contempladas en el artículo 1, apartado 2, o los actos delegados y de ejecución previstos en los artículos 16 a 27 establezcan el intercambio de dicha información, datos y documentación entre las autoridades competentes, entre las autoridades competentes y la Comisión y, en su caso, con otras autoridades y los operadores;
b)
proporcionará un mecanismo para el intercambio de datos, información y documentos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 a 108;
c)
proporcionará una herramienta para recoger y gestionar los informes sobre los controles oficiales facilitados por los Estados miembros a la Comisión;
d)
permitirá la producción, el manejo y la transmisión, incluso en forma electrónica, del cuaderno de a bordo u hoja de ruta a que se refiere el artículo 5, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1/2005, de los registros obtenidos con los sistemas de navegación a que se refiere el artículo 6, apartado 9, de dicho Reglamento, de los certificados oficiales y del DSCE a que se refiere el artículo 56 del presente Reglamento, e
e)
integrará los sistemas informáticos existentes gestionados por la Comisión y utilizados para el intercambio rápido de datos, información y documentos en relación con los riesgos para la salud humana, la salud y el bienestar de los animales, y la sanidad vegetal, según lo establecido en el artículo 50 del Reglamento (CE) n.o 178/2002, en el artículo 20 del Reglamento (UE) 2016/429 y en el artículo 103 del Reglamento (UE) 2016/2031, además de proporcionar los enlaces necesarios entre dichos sistemas y sus demás componentes.
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