Art. 1
Objeto
En vigor desde 1 mar 2017
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece requisitos comunes relativos a:
1)
la prestación de servicios de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea («ATM/ANS») y otras funciones de la red de gestión del tránsito aéreo («ATM») para el tránsito aéreo general, en especial para las personas físicas o jurídicas que prestan tales servicios y funciones;
2)
las autoridades competentes, y los organismos cualificados que actúan en su nombre, que ejercen las funciones de certificación, supervisión y ejecución con respecto a los proveedores de los servicios y funciones a que se refiere el apartado 1.
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