Art. 2
Medidas transitorias
En vigor desde 16 feb 2017
Artículo 2
Medidas transitorias
Conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 1107/2009, cuando proceda, los Estados miembros modificarán o retirarán las autorizaciones vigentes de productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa fluoruro de sulfurilo a más tardar el 9 de septiembre de 2017.
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