Art. 11
Método de determinación del valor de referencia para los límites a las posiciones en los contratos del resto de vencimientos
En vigor desde 1 dic 2016
Artículo 11
Método de determinación del valor de referencia para los límites a las posiciones en los contratos del resto de vencimientos
(Artículo 57, apartado 4, de la Directiva 2014/65/UE)
1. Las autoridades competentes determinarán un valor de referencia para el límite a las posiciones en los contratos del resto de vencimientos aplicable a derivados sobre materias primas que será igual al 25 % del interés abierto en el derivado de que se trate.
2. El valor de referencia se expresará en lotes, que será la unidad utilizada por el centro de negociación en el que se negocie el derivado sobre materias primas y que representa una cantidad normalizada de la materia prima subyacente.
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