Art. 70 · Sistema y marco de gestión de los riesgos operativos

Art. 70

Sistema y marco de gestión de los riesgos operativos

En vigor desde 11 nov 2016
Artículo 70 Sistema y marco de gestión de los riesgos operativos 1.   Como parte de las políticas, procedimientos y sistemas a que se refiere el artículo 47, los DCV contarán con un marco bien documentado de gestión de los riesgos operativos, con funciones y responsabilidades claramente asignadas. Los DCV dispondrán de sistemas informáticos, políticas, procedimientos y controles apropiados para detectar, medir, vigilar, comunicar y reducir sus riesgos operativos. 2.   El órgano de dirección y la alta dirección de los DCV determinarán, aplicarán y controlarán el marco de gestión de riesgos operativos a que se refiere el apartado 1, identificarán todas las exposiciones del DCV a riesgos operativos y harán un seguimiento de los datos pertinentes sobre estos riesgos, incluidos los casos de pérdida de datos importantes. 3.   Los DCV definirán y documentarán objetivos claros de fiabilidad operativa, incluidos los objetivos de rendimiento operativo y los objetivos acordados de nivel de servicio, para sus servicios y sistemas de liquidación de valores. Dispondrán de políticas y procedimientos adecuados para alcanzar dichos objetivos. 4.   Los DCV velarán por que sus objetivos de rendimiento operativo y sus objetivos acordados de nivel de servicio a que se refiere el apartado 3 incluyan medidas tanto cualitativas como cuantitativas de rendimiento operativo. 5.   Los DCV controlarán y evaluarán periódicamente si se cumplen los objetivos de rendimiento y los objetivos de nivel de servicio establecidos. 6.   Los DCV contarán con normas y procedimientos que garanticen que se informe periódicamente sobre el funcionamiento de su sistema de valores a la alta dirección, a los miembros del órgano de dirección, a los comités pertinentes del órgano de dirección, a los comités de usuarios y a la autoridad competente. 7.   Los DCV revisarán periódicamente sus objetivos operativos para incorporar nuevos avances tecnológicos y empresariales. 8.   El marco de gestión de los riesgos operativos de los DCV incluirá procesos de gestión del cambio y procesos de gestión de proyectos para atenuar los riesgos operativos derivados de las modificaciones de las operaciones, políticas, procedimientos y controles implantados por los DCV. 9.   El marco de gestión de los riesgos operativos de los DCV incluirá un marco global de seguridad física y seguridad de la información para gestionar los riesgos que representen para los DCV los ataques, incluidos los ciberataques, las intrusiones y las catástrofes naturales. Ese marco global permitirá a los DCV proteger la información de que dispongan contra el acceso o divulgación no autorizados, garantizar la exactitud e integridad de los datos y mantener la disponibilidad de los servicios prestados por los DCV. 10.   Los DCV establecerán procedimientos adecuados en materia de recursos humanos para contratar, formar y conservar a personal cualificado, así como para mitigar los efectos de la rotación del personal o la dependencia excesiva respecto de personal clave.
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