Art. 15
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 3 nov 2016
Artículo 15
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor al tercer día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a las ayudas del año escolar 2017/18 y de los años escolares siguientes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2017:40:oj#art-15