Art. 96
Marcado del material de embalaje de madera, la madera u otros objetos
En vigor desde 26 oct 2016
Artículo 96
Marcado del material de embalaje de madera, la madera u otros objetos
1. La marca colocada en el material de embalaje de madera, la madera u otros objetos para dar fe de que se ha aplicado un tratamiento acorde con lo dispuesto en el anexo 1 de la NIMF 15 deberá cumplir los requisitos establecidos en el anexo 2 de la NIMF 15 en todos los casos que se indican a continuación:
a)
el material de embalaje de madera que se introduzca en el territorio de la Unión desde un país tercero, según lo indicado en el artículo 43;
b)
el material de embalaje de madera marcado en el territorio de la Unión, cuando salga de este;
c)
el material de embalaje de madera, la madera u otros objetos que se muevan por el territorio de la Unión, en caso de que así lo exija un acto de ejecución adoptado con arreglo a los artículos 28, 30, 41 o 54;
d)
cualquier otro material de embalaje de madera, madera u otros objetos marcados dentro del territorio de la Unión.
La marca solo se colocará en caso de que el material de embalaje de madera, la madera u otros objetos hayan sido objeto de alguno de los tratamientos aprobados a que se refiere el anexo 1 de la NIMF 15, sin perjuicio de lo dispuesto en los Reglamentos (CE) n.o 1005/2009 (28), (CE) n.o 1107/2009 (29) y (UE) n.o 528/2012 (30) del Parlamento Europeo y del Consejo.
En lo que respecta al material de embalaje de madera, la madera u otros objetos marcados en el territorio de la Unión, la marca solo podrá ser colocada por un operador registrado autorizado de conformidad con el artículo 98.
Lo dispuesto en el párrafo primero, letras a) y b), no se aplicará al material de embalaje de madera acogido a las exenciones previstas en la NIMF 15.
2. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados, de conformidad con el artículo 105, que modifiquen los requisitos establecidos en el apartado 1 del presente artículo, a fin de adaptarlos a la evolución de las normas internacionales, en particular la NIMF 15.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2016:2031:oj#art-96