Art. 3 · Objetivos de la asignación de capacidad a plazo

Art. 3

Objetivos de la asignación de capacidad a plazo

En vigor desde 26 sept 2016
Artículo 3 Objetivos de la asignación de capacidad a plazo El presente Reglamento tiene por objeto: a) promover el comercio de electricidad interzonal a largo plazo mediante la oferta de oportunidades de cobertura interzonal a largo plazo a los participantes en el mercado; b) optimizar el cálculo y la asignación de capacidad interzonal a largo plazo; c) ofrecer un acceso no discriminatorio a la capacidad interzonal a largo plazo; d) garantizar un trato justo y no discriminatorio de los GRT, la Agencia, las autoridades reguladoras y los participantes en el mercado; e) respetar la necesidad de una asignación de capacidad a plazo justa y ordenada y una formación de precios ordenada; f) garantizar y mejorar la transparencia y la fiabilidad de la información sobre la asignación de capacidad a plazo; g) contribuir al funcionamiento y al desarrollo eficientes a largo plazo de la red de transporte de electricidad y del sector eléctrico en la Unión.
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