Art. 9 · Conclusiones del verificador sobre la evaluación del plan de seguimiento

Art. 9

Conclusiones del verificador sobre la evaluación del plan de seguimiento

En vigor desde 22 sept 2016
Artículo 9 Conclusiones del verificador sobre la evaluación del plan de seguimiento Sobre la base de la información recogida durante la evaluación del plan de seguimiento, el verificador informará sin demora a la empresa por escrito de las conclusiones extraídas e indicará si el plan de seguimiento: a) se evalúa como conforme con el Reglamento (UE) 2015/757; b) contiene irregularidades que lo hacen no conforme con el Reglamento (UE) 2015/757.
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