Art. 1

Art. 1

En vigor desde 20 sept 2016
Artículo 1 En el anexo del presente Reglamento figuran las cantidades por las que no se han presentado solicitudes de certificados de importación en virtud del Reglamento (CE) n.o 536/2007, que se añadirán a las del subperíodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2017.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2016:1691:oj#art-1