Art. 21
Modelos de simulación
En vigor desde 17 ago 2016
Artículo 21
Modelos de simulación
1. Las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte y las redes de distribución conectadas a la red de transporte se atendrán a los requisitos estipulados en los apartados 3 y 4 en relación con los modelos de simulación o la información equivalente.
2. Cada GRT podrá exigir modelos de simulación o información equivalente que revelen el comportamiento de la instalación de demanda conectada a la red de transporte o de la red de distribución conectada a la red de transporte, o ambas, en los regímenes permanente y dinámico.
3. Cada GRT especificará el contenido y el formato de tales modelos de simulación o de la información equivalente. El contenido y el formato incluirán:
a)
regímenes permanente y dinámico, incluido el componente de 50 Hz;
b)
simulaciones transitorias electromagnéticas en el punto de conexión;
c)
estructura y diagramas de bloques.
4. Para las simulaciones dinámicas, el modelo de simulación o la información equivalente a que se hace referencia en el apartado 3, letra a), deberá contener los submodelos o la información equivalente siguientes:
a)
control de potencia;
b)
control de tensión;
c)
modelos de protección de la instalación de demanda conectada a la red de transporte o de la red de distribución conectada a la red de transporte;
d)
los diferentes tipos de demanda, es decir, las características electrotécnicas de la demanda; y
e)
modelos de convertidor.
5. Cada gestor de red o GRT pertinente especificará los requisitos de registro de las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte o de las instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte, o ambas, a fin de comparar la respuesta del modelo en relación con estos registros.
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