Art. 19 · Desconexión de demanda y reconexión de demanda

Art. 19

Desconexión de demanda y reconexión de demanda

En vigor desde 17 ago 2016
Artículo 19 Desconexión de demanda y reconexión de demanda 1.   Todas las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte y redes de distribución conectadas a la red de transporte deberán cumplir los siguientes requisitos relacionados con las capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima frecuencia: a) cada gestor de la red de distribución conectada a la red de transporte y, cuando lo especifique el GRT, el propietario de la instalación de demanda conectada a la red de transporte, ofrecerá las capacidades necesarias para habilitar la desconexión automática por «mínima frecuencia» de una proporción especificada de su demanda. El GRT pertinente podrá especificar un activador de desconexión basado en una combinación de baja frecuencia y de tasa de variación de frecuencia; b) las capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima frecuencia podrán desconectar demanda en distintas fases dentro de un rango de frecuencias operacionales; c) Las capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima frecuencia serán aptas para un funcionamiento a partir de una entrada de corriente alterna («CA») nominal que deberá especificar el gestor de red pertinente, de conformidad con los siguientes requisitos: i) rango de frecuencia: al menos entre 47-50 Hz, ajustable en incrementos de 0,05 Hz; ii) tiempo de funcionamiento: no más de 150 ms después de activar la consigna de frecuencia; iii) bloqueo de tensión: el bloqueo de la capacidad funcional deberá ser posible si la tensión se encuentra dentro del rango entre el 30 y el 90 % de la tensión de referencia 1 pu; iv) indicación del sentido del flujo de potencia activa en el punto de desconexión; d) la alimentación de tensión de CA utilizada para suministrar las capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima frecuencia con arreglo a la letra c) se abastecerá desde la red en el punto de medición de la señal de frecuencia, de modo que la frecuencia de esa tensión de alimentación coincida con la de la red. 2.   En cuanto a las capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima tensión, se aplicarán los requisitos siguientes: a) el GRT pertinente podrá especificar, en coordinación con los gestores de la red de distribución conectada a la red de transporte, capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima tensión para las instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte; b) el GRT pertinente podrá especificar, en coordinación con los propietarios de la instalación de demanda conectada a la red de transporte, capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima tensión para las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte; c) según la evaluación del GRT sobre la seguridad del sistema, la aplicación de un bloqueo del cambiador de tomas en carga y de una deslastre de cargas por mínima tensión serán vinculantes para los gestores de la red de distribución conectada a la red de transporte; d) si el GRT decide ejecutar una capacidad funcional de deslastre de cargas por mínima tensión, el equipo de bloqueo del cambiador de tomas en carga y de deslastre de cargas por mínima tensión se instalará en colaboración con el GRT pertinente; e) el deslastre de cargas por mínima tensión deberá efectuarse mediante un relé o ser iniciada en la sala de control; f) las capacidades funcionales de deslastre de cargas por mínima tensión presentarán las siguientes características: i) monitorización de la tensión por medición de las tres fases; ii) bloqueo del funcionamiento de los relés basado en el sentido del flujo de potencia activa o de potencia reactiva. 3.   En cuanto al bloqueo del cambiador de tomas en carga, se aplicarán los requisitos siguientes: a) si así lo exige el GRT pertinente, el transformador de la instalación de distribución conectada a la red de transporte podrá ejercer el bloqueo automático o manual del cambiador de tomas en carga; b) el GRT pertinente especificará la capacidad funcional de bloqueo automático del cambiador de tomas en carga. 4.   Todas las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte y redes de distribución conectadas a la red de transporte deberán cumplir los siguientes requisitos en relación con la desconexión o reconexión de una instalación de demanda conectada a la red de transporte o una red de distribución conectada a la red de transporte: a) en relación con la capacidad de reconexión después de una desconexión, el GRT pertinente especificará las condiciones aplicables para que una instalación de demanda conectada a la red de transporte o una red de distribución conectada a la red de transporte pueda restablecer la conexión a la red de transporte. La instalación de sistemas de reconexión automática quedará sujeta a la autorización previa del GRT pertinente; b) por cuanto atañe a la reconexión de una instalación de demanda conectada a la red de transporte o una red de distribución conectada a la red de transporte, estas podrán realizar la sincronización para frecuencias comprendidas en los rangos establecidos en el artículo 12. El GRT pertinente y el propietario de la instalación de demanda conectada a la red de transporte o el gestor de la red de distribución conectada a la red de transporte convendrán los ajustes de los dispositivos de sincronización antes de establecer la conexión de la instalación de demanda conectada a la red de transporte o de la red de distribución conectada a la red de transporte, incluidos la tensión, la frecuencia, el intervalo de desfase y la desviación de tensión y frecuencia; c) las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte y las instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte podrán ser desconectadas de la red de transporte de manera remota cuando así lo exija el GRT pertinente. Si resulta conveniente, el GRT pertinente especificará los equipos de desconexión automática para la reconfiguración del sistema en la preparación del escalón de reconexión. El GRT pertinente especificará asimismo el tiempo necesario para la desconexión remota.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2016:1388:oj#art-19