Art. 3 · Procedimientos y formularios de notificación

Art. 3

Procedimientos y formularios de notificación

En vigor desde 25 jul 2016
Artículo 3 Procedimientos y formularios de notificación 1.   Las autoridades competentes notificarán a la AEVM las medidas y sanciones administrativas a que se refiere el artículo 99 sexies, apartado 2, de la Directiva 2009/65/CE, utilizando las interfaces existentes facilitadas por el sistema informático, y la correspondiente base de datos, creada por la AEVM para gestionar la recepción, el almacenamiento y la publicación de la información sobre esas medidas y sanciones administrativas de acuerdo con el artículo 99 sexies de la Directiva 2009/65/CE. 2.   Las medidas y sanciones administrativas se presentarán a la AEVM en informes en el formato que recoge el anexo II.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2016:1212:oj#art-3