Art. 10
Precios que reflejan las condiciones imperantes en el mercado
En vigor desde 14 jul 2016
Artículo 10
Precios que reflejan las condiciones imperantes en el mercado
[Artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 600/2014]
Los precios publicados por un internalizador sistemático reflejarán las condiciones imperantes en el mercado cuando estén próximos, en el momento de la publicación, de cotizaciones correspondientes a tamaños equivalentes y al mismo instrumento financiero en el mercado más importante en términos de liquidez, determinado con arreglo al artículo 4 para ese instrumento financiero.
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