Art. 6 · Información sobre la organización de la empresa

Art. 6

Información sobre la organización de la empresa

En vigor desde 14 jul 2016
Artículo 6 Información sobre la organización de la empresa El solicitante que desee obtener una autorización como empresa de servicios de inversión, de conformidad con el título II de la Directiva 2014/65/UE, facilitará a la autoridad competente la siguiente información sobre su organización: a) un programa de las operaciones iniciales para los tres años siguientes, incluida información sobre las actividades reguladas y no reguladas planificadas y datos detallados sobre la distribución geográfica y las actividades que llevará a cabo la empresa de servicios de inversión. La información pertinente del programa de operaciones deberá comprender: i) el domicilio de los clientes e inversores potenciales, ii) las actividades y modalidades de comercialización y de promoción, incluidas las lenguas de los documentos de oferta y promoción; la identificación de los Estados miembros en los que los anuncios son más visibles y frecuentes; el tipo de documentos de promoción (con el fin de evaluar dónde se desarrollará, en su mayor parte, la comercialización efectiva), iii) la identidad de las empresas de venta directa, los asesores en inversión financiera, los distribuidores y la localización geográfica de su actividad; b) datos de los auditores de la empresa, cuando estén disponibles en el momento de la solicitud de autorización; c) la estructura organizativa y los sistemas de control interno de la empresa, incluidos: i) los datos personales de los responsables de las funciones internas (gestión y supervisión), junto con un currículum vitae detallado en el que se especifiquen la educación y la formación profesional pertinentes, así como la experiencia profesional, ii) la descripción de los recursos (en especial, humanos y técnicos) asignados a las diversas actividades planificadas, iii) en relación con el mantenimiento de fondos e instrumentos financieros de los clientes, información que especifique cualesquiera disposiciones para salvaguardar los activos de los clientes (en concreto, en el caso de que los fondos e instrumentos financieros estén en posesión de un depositario, el nombre del depositario y los contratos relacionados), iv) una explicación de la forma en que la empresa cumplirá sus requisitos prudenciales y de conducta; d) información sobre la situación de la solicitud presentada por la empresa de servicios de inversión para convertirse en miembro del sistema de indemnización de los inversores de su Estado miembro de origen o prueba fehaciente de su pertenencia a dicho programa, cuando esté disponible; e) una lista de las funciones, actividades o servicios subcontratados (o aquellos que se tenga intención de subcontratar) y una lista de los contratos celebrados o previstos con proveedores externos y los recursos (en concreto, humanos y técnicos y del sistema de control interno) asignados al control de las funciones, actividades o servicios subcontratados; f) medidas para detectar y prevenir o gestionar conflictos de intereses que surjan durante la prestación de servicios de inversión y de servicios auxiliares, así como una descripción de las disposiciones en materia de gobernanza de productos; g) una descripción de los sistemas de control de las actividades de la empresa, incluidos los sistemas de copias de seguridad, cuando estén disponibles, así como de los sistemas y controles de riesgos cuando la empresa desee realizar actividades de negociación algorítmica y proporcionar acceso electrónico directo, o en cualquiera de los dos casos; h) información sobre los sistemas de cumplimiento, control interno y gestión de riesgos (sistema de control, auditorías internas y funciones de asistencia y asesoramiento); i) detalles sobre los sistemas de evaluación y de gestión de riesgos en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo; j) planes de continuidad de las actividades, incluidos sistemas y recursos humanos (personal clave); k) políticas de gestión de registros, llevanza de registros y conservación de registros; l) una descripción del manual de procedimientos de la empresa.
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