Art. 11
Periodicidad de la información publicada
En vigor desde 8 jun 2016
Artículo 11
Periodicidad de la información publicada
Los centros de ejecución publicarán la información trimestralmente y a más tardar tres meses después del final de cada trimestre, tal y como se indica a continuación:
a)
antes del 30 de junio, información relativa al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo;
b)
antes del 30 de septiembre, información relativa al período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio;
c)
antes del 31 de diciembre, información relativa al período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre;
d)
antes del 31 de marzo, información relativa al período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
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