Art. 11 · Periodicidad de la información publicada

Art. 11

Periodicidad de la información publicada

En vigor desde 8 jun 2016
Artículo 11 Periodicidad de la información publicada Los centros de ejecución publicarán la información trimestralmente y a más tardar tres meses después del final de cada trimestre, tal y como se indica a continuación: a) antes del 30 de junio, información relativa al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo; b) antes del 30 de septiembre, información relativa al período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio; c) antes del 31 de diciembre, información relativa al período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre; d) antes del 31 de marzo, información relativa al período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
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