Art. 6 · Nivel de la garantía para la compra de productos

Art. 6

Nivel de la garantía para la compra de productos

En vigor desde 18 may 2016
Artículo 6 Nivel de la garantía para la compra de productos El nivel de la garantía exigida de conformidad con el artículo 4, letra a), del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238 al presentar una oferta o licitación para la compra de productos en régimen de intervención pública será el siguiente: a) para los cereales: 20 EUR/tonelada; b) para el arroz: 30 EUR/tonelada; c) para la carne de vacuno: 300 EUR/tonelada; d) para la mantequilla: 50 EUR/tonelada; e) para la leche desnatada en polvo: 50 EUR/tonelada.
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