Art. 4 · Tipos de actos de la Agencia

Art. 4

Tipos de actos de la Agencia

En vigor desde 11 may 2016
Artículo 4 Tipos de actos de la Agencia La Agencia podrá: a) dirigir recomendaciones a la Comisión en relación con la aplicación de los artículos 13, 15, 17, 19, 35, 36 y 37; b) dirigir recomendaciones a los Estados miembros en relación con la aplicación del artículo 34; c) emitir dictámenes para la Comisión con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10, apartado 2, y el artículo 42, y para las autoridades pertinentes de los Estados miembros, con arreglo a los artículos 10, 25 y 26; d) dirigir recomendaciones a las autoridades nacionales de seguridad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, apartado 4; e) adoptar decisiones con arreglo a lo dispuesto en los artículos 14, 20, 21 y 22; f) emitir dictámenes que constituyan un medio aceptable de conformidad, como dispone el artículo 19; g) elaborar documentos técnicos como dispone el artículo 19; h) elaborar informes de auditoría como disponen los artículos 33 y 34; i) elaborar directrices y otros documentos no vinculantes que faciliten la aplicación de la legislación en materia de seguridad e interoperabilidad ferroviarias de conformidad con los artículos 13, 19, 28, 32, 33 y 37.
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