Art. 1
En vigor desde 15 abr 2016
Artículo 1
El Reglamento (UE) n.o 1332/2011 queda modificado como sigue:
1)
Se suprime el artículo 4.
2)
En el artículo 5, los apartados 2 y 3 se sustituyen por el texto siguiente:
«2. El artículo 3 será aplicable a partir del 1 de marzo de 2012.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, en el caso de las aeronaves a las que se les haya expedido el certificado de aeronavegabilidad con anterioridad al 1 de marzo de 2012, el artículo 3 se aplicará a partir del 1 de diciembre de 2015.».
3)
El anexo se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
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