Art. 33 · Contenido de los controles sobre el terreno

Art. 33

Contenido de los controles sobre el terreno

En vigor desde 15 abr 2016
Artículo 33 Contenido de los controles sobre el terreno 1.   El artículo 51, apartados 1, 2 y 3, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 809/2014 de la Comisión (13) se aplicarán mutatis mutandis a las medidas a que se refieren los artículos 45 a 52 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013. 2.   En todos los casos en que lo estimen procedente, los Estados miembros harán uso del sistema integrado de gestión y control previsto en el título V, capítulo II, del Reglamento (UE) n.o 1306/2013.
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