Art. 17 · Beneficiarios

Art. 17

Beneficiarios

En vigor desde 15 abr 2016
Artículo 17 Beneficiarios Los beneficiarios de la ayuda contemplada en el artículo 47 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 serán los viticultores definidos en el artículo 2, letra a), del Reglamento (CE) n.o 436/2009.
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