Art. 41
Entrada en vigor
En vigor desde 13 abr 2016
Artículo 41
Entrada en vigor
1. El presente Reglamento entrará en vigor al vigésimo día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. El artículo 12, apartado 3, y el artículo 17, apartados 1 a 7, serán aplicables a partir del 13 de mayo de 2018.
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