Art. 1
En vigor desde 30 mar 2016
Artículo 1
Queda registrada la denominación «Ternera de los Pirineos Catalanes»/«Vedella dels Pirineus Catalans»/«Vedell des Pyrénées Catalanes» (IGP).
La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.1. Carne fresca (y despojos) del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2016:525:oj#art-1