Art. 6 · Análisis estratégico

Art. 6

Análisis estratégico

En vigor desde 23 mar 2016
Artículo 6 Análisis estratégico 1.   El análisis estratégico identificará las ramas de actividad principales y las funciones esenciales y definirá las medidas fundamentales para preservar dichas ramas de actividad y funciones esenciales en una situación de tensión financiera. 2.   El análisis estratégico incluirá, como mínimo, las siguientes subsecciones: a) una descripción de la entidad o entidades incluidas en el plan de reestructuración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7; b) una descripción de las opciones de reestructuración, conforme a lo dispuesto en los artículos 8 a 12.
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