Art. 18.tit_1 · Artículo 478, apartado 3, letras a), c) y d), del Reglamento (UE) n.o 575/2013: porcentajes aplicables a la deducción en elementos del capital de nivel 1 ordinario, capital de nivel 1 adicional y capital de nivel 2

Art. 18.tit_1

Artículo 478, apartado 3, letras a), c) y d), del Reglamento (UE) n.o 575/2013: porcentajes aplicables a la deducción en elementos del capital de nivel 1 ordinario, capital de nivel 1 adicional y capital de nivel 2

En vigor desde 14 mar 2016
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