Art. 2 · Formato y plantilla para la notificación

Art. 2

Formato y plantilla para la notificación

En vigor desde 10 mar 2016
Artículo 2 Formato y plantilla para la notificación 1.   Las personas con responsabilidades de dirección y las personas estrechamente vinculadas con ellas se asegurarán de que la plantilla de notificación establecida en el anexo se utilice para la presentación de las notificaciones de las operaciones a que se hace referencia en el artículo 19, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 596/2014. 2.   Las personas con responsabilidades de dirección y las personas estrechamente vinculadas con ellas se asegurarán de que se utilicen medios electrónicos para la transmisión de las notificaciones mencionadas en el apartado 1. Esos medios electrónicos deberán garantizar que la completitud, integridad y confidencialidad de la información se mantenga durante su transmisión y ofrecer garantías sobre la fuente de la información transmitida. 3.   Las autoridades competentes deberán especificar y publicar en su sitio web los medios electrónicos a que se refiere el apartado 2 con respecto a la transmisión a las mismas.
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