Art. 267
Protección de datos
En vigor desde 9 mar 2016
Artículo 267
Protección de datos
1. Los Estados miembros aplicarán la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (64) al tratamiento de los datos personales que realicen en virtud del presente Reglamento.
2. El Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (65) se aplicará al tratamiento de datos personales por la Comisión con arreglo al presente Reglamento.
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