Art. 1
En vigor desde 9 feb 2016
Artículo 1
Queda registrada la denominación «Salam de Sibiu» (IGP).
La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.2. Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.) del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
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