Art. 1

Art. 1

En vigor desde 5 feb 2016
Artículo 1 Queda registrada la denominación «ម្រេចកំពត» (Mrech Kampot)/«Poivre de Kampot» (IGP). La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.8, «Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)», conforme al anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2016:222:oj#art-1