Art. 11 · Notificaciones

Art. 11

Notificaciones

En vigor desde 17 dic 2015
Artículo 11 Notificaciones Las notificaciones de los Estados miembros a la Comisión contempladas en el presente Reglamento se realizarán de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 792/2009 de la Comisión (8).
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2016:248:oj#art-11