Art. 14
Administración
En vigor desde 16 dic 2015
Artículo 14
Administración
1. La Junta adoptará un marco de gobernanza, incluida la asignación de tareas y responsabilidades, así como las delegaciones necesarias, para garantizar la aplicación efectiva de la estrategia de inversión.
2. La Junta adoptará normas de control interno para verificar la conformidad entre la aplicación de la estrategia de inversión, la estrategia de inversión y las normas establecidas en el presente Reglamento.
3. La sesión ejecutiva de la Junta deberá mantener informada a la sesión plenaria de los resultados de la aplicación de la estrategia de inversión.
4. La Junta adoptará las normas y procedimientos internos necesarios para la aplicación del presente Reglamento.
5. La Junta podrá establecer en el seno de su sesión plenaria un comité con el mandato de asistirla en la aplicación del presente Reglamento.
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