Art. 8 · Medios de divulgación del informe único y a nivel de grupo sobre la situación financiera y de solvencia

Art. 8

Medios de divulgación del informe único y a nivel de grupo sobre la situación financiera y de solvencia

En vigor desde 2 dic 2015
Artículo 8 Medios de divulgación del informe único y a nivel de grupo sobre la situación financiera y de solvencia A la divulgación del informe único y a nivel de grupo sobre la situación financiera y de solvencia se aplicará lo dispuesto en el artículo 301 del Reglamento Delegado (UE) 2015/35.
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