Art. 32 · Denegación de solicitudes

Art. 32

Denegación de solicitudes

En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 32 Denegación de solicitudes (Artículo 22 del Código) La denegación de una solicitud de AEO no afectará a las decisiones favorables en vigor tomadas con respecto al solicitante en virtud de la legislación aduanera, salvo si la concesión de esas decisiones favorables se basa en el cumplimiento de alguno de los criterios AEO que se haya demostrado que no se respetan durante el examen de la solicitud de AEO.
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